La fórmula oficial de autonomía
Autonomía (h) = C · V · DOD / P
- C: capacidad de la batería en amperios-hora (Ah).
- V: tensión nominal de la batería en voltios (Vdc).
- DOD: profundidad de descarga, entre 0 y 1 (por ejemplo, 0,8 = 80 %).
- P: potencia de la luminaria en vatios.
Los valores son los declarados por el fabricante. El Ministerio indica que este método se usará hasta que exista una norma técnica internacional o NTC para medir la autonomía L2 · Ecuación 2 · p. 48.
Mínimos: 8 horas o 18 horas
| Uso | Autonomía mínima | Fuente |
|---|---|---|
| Exteriores (reflectores, apliques, bolardos solares) | 8 h | L2 · art. 2.5.5 · p. 47 |
| Alumbrado público solar | 18 h | L2 · art. 2.6.3 · p. 56 |
Ejemplo: una batería de 30 Ah a 12,8 V con DOD de 0,8 tiene 307 Wh útiles. Con una luminaria de 40 W da 7,7 h: no cumple las 8 h. Con 35 W daría 8,8 h y sí cumpliría.
Prueba tus datos en la calculadora de autonomía solar.
Ojo con la potencia del nombre comercial
En el mercado es común que un reflector solar se anuncie como «100 W» o «300 W» aunque su consumo real sea mucho menor. Para el cálculo de autonomía y para la eficacia (lm/W) cuenta la potencia real medida, la que debe aparecer en la ficha técnica.
Otros requisitos de las luminarias solares
- Se calcula a plena carga y sin dimerización.
- El controlador debe ser MPPT, PWM o de tecnología similar.
- Si el panel o la batería van separados de la luminaria, esos componentes se rigen por el RETIE.
- El empaque debe indicar la tecnología de la batería, sus características y ciclos de carga; la ficha técnica, la tecnología y características del panel L2 · art. 2.5.5 · p. 47.
- Si no se conectan a la red eléctrica, quedan exentas de marcar el factor de potencia y el THDi L2 · art. 2.5.7 · p. 49.
- Desde 2026 necesitan certificado de conformidad: la declaración de proveedor para luminarias fotovoltaicas solo valió hasta el 31 de diciembre de 2025.










